A- de 1996
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Londoño Duque Jose Walter·Demandado Empresa Siderurgica Del Pacifico S.A.-Sidelpa S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Iniciación de la acción y fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se abstuvo de efectuar la revisión de fondo del fallo proferido por el Juzgado respectivo en el asunto de la referencia, por cuanto no se notificó a una de las partes involucradas, desconociendo el debido proceso y el derecho de acceso a la administración de justicia.
Mientras se surte el trámite correspondiente, para sanear o declarar las nulidades advertidas, el término para fallar el presente proceso queda suspendido.
En consecuencia, se devolverá el expediente al Juzgado para poner en conocimiento de la demandada al accionante.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. ABSTENERSE de efectuar la revision de fondo del fallo proferido por el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Cali, en el asunto de la referencia, por cuanto se advierte la existencia de unas causales de nulidad con respecto a lo actuado por dicho despacho judicial.
- SEGUNDO. ORDENAR al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Cali, poner en conocimiento de la demandada, Siderurgica del Pacifico S.A. SIDELPA, la existencia de las nulidades advertidas en la parte motiva de este proveido. Ademas, se le hara saber que si guarda silencio o ratifica lo actuado las nulidades se entenderan saneadas y el proceso continuara su curso; en caso contrario, dichas nulidades seran declaradas.
- TERCERO. Por Secretaria General procedase a devolver el expediente al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Cali, para el cumplimiento de lo ordenado en el numeral anterior.
- CUARTO. Mientras se surte el tramite correspondiente, para sanear o declarar las nulidades advertidas, el termino para fallar el presente proceso queda suspendido.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.